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Cap/C Waiver

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Dirección del consumidor

¿Qué es la Dirección del Consumidor?

La dirección por el consumidor es una opción de atención alternativa que se ofrece en el marco de la exención CAP/C. Es un modelo de atención autodirigida para un beneficiario de CAP/C y sus cuidadores que deseen permanecer en su residencia privada principal y tener un mayor control sobre sus propios servicios y ayudas. Ofrece al beneficiario de CAP/C la posibilidad de elegir, la flexibilidad y el control sobre los tipos de servicios que recibe, cuándo y dónde se prestan los servicios y quién los presta.

Cuando se opta por la atención directa (a través de la dirección del consumidor en la exención CAP/C), el beneficiario o su padre/madre/tutor deben cumplir todos los criterios siguientes:

1. Comprender los derechos y responsabilidades de dirigir sus propios cuidados, como lo demuestra la realización de una cuestionario de autoevaluación y la finalización con éxito de una introducción a la formación y orientación del consumidor;

2. Estar dispuesto y ser emocionalmente capaz de asumir las responsabilidades de empleador registrado (EOR) bajo la dirección del consumidor, garantizando la salud y la seguridad e identificando oportunidades de formación para desarrollar competencias para sí mismo y para los asistentes personales contratados, tal y como se demuestra en un cuestionario de autoevaluación obligatorio,
o
Selecciona a un representante que dispuesto y capaz asumir las responsabilidades de dirigir los cuidados del beneficiario.

Ver 4.1 y 4.2 en la Política de Cobertura Clínica 3K-1 para consultar la lista completa de criterios específicos de descalificación.

Los proveedores de orientación al consumidor deberán:

a. Someterse a una comprobación de antecedentes penales y del registro antes de ser contratado; y

b. Demostrar las competencias y habilidades necesarias para atender al beneficiario del CAP/C, tal y como hayan sido documentadas por el beneficiario dirigido por el consumidor o la parte responsable a través del cuestionario de autoevaluación y cargadas en el expediente del caso por el gestor del mismo.

Sí, si cumple los requisitos. Consulte el Los padres como cuidadores remunerados Sección de esta página web.

Los servicios de gestión financiera se prestan a un beneficiario del CAP/C que dirige su propia atención, para garantizar que los fondos de dirección del consumidor indicados en el plan de servicios se gestionan y distribuyen según lo previsto. Un gestor financiero autorizado realizará los servicios de gestión financiera para reembolsar a los proveedores designados. Los gestores financieros proporcionarán educación y formación para orientar al beneficiario del CAP/C sobre las funciones y los requisitos de la dirección del consumidor.

Los gestores financieros facilitan el empleo de los trabajadores y las exigencias de la dirección de consumo realizando las siguientes tareas: 

 

  1. Actuar como apoderado del beneficiario para los procesos del Servicio de Impuestos Internos; 
  2. Remitir el pago de las nóminas a los empleados contratados para prestar servicios y apoyos;
  3. Pedir suministros relacionados con el empleo y pagar las facturas de los gastos aprobados relacionados con la exención; 
  4. Deducir todos los impuestos federales y estatales requeridos, incluidos los seguros y las tasas de desempleo, antes de emitir el pago; 
  5. Mantener cuentas separadas sobre los servicios de cada beneficiario y elaborar informes de gastos, tal y como exige la agencia estatal de Medicaid; 
  6. Proporcionar a los empleados extractos de nómina al menos una vez al mes;
  7. Completar las comprobaciones de antecedentes necesarias (registro de antecedentes penales y sanitarios) y la verificación de la edad de los empleados; 
  8. Administrar las prestaciones a los empleados según las indicaciones del beneficiario del CAP/C; y 
  9. Presentación de solicitudes de servicios y ayudas autodirigidos

Hay tres empresas que prestan servicios de gestión financiera a los beneficiarios de CAP/C en dirección al consumidor. Los beneficiarios de CAP/C (o su padre/madre/tutor legal en su nombre) pueden seleccionar su agencia preferida o cambiar de agencia a su discreción. (Para cambiar a una nueva agencia de FM, el beneficiario o su EOR deben ponerse en contacto con el gestor de casos del beneficiario para solicitar una revisión del plan de atención para cambiar de proveedor). 

  1. Acumen Gestión Financiera *todos sus trámites están en su página web
  2. Gestión financiera de GT Independence *clic aquí por su papeleo
  3. Dirección segura Gestión financiera *todos sus trámites están en su página web

*Ver definición de dificultad de atención aquí

Impuestos federales (NC sigue las directrices federales)

Ciertos pagos de exención de Medicaid pueden ser excluibles de los ingresos | Preguntas frecuentes del Servicio de Impuestos Internos (irs.gov)

Aviso 2014-7 del IRS (Pagos por dificultad de cuidados excluibles en virtud del § 131 del Código de Rentas Internas)

Estado de Medicaid en NC

Requisitos básicos para Medicaid 

Elegibilidad para los cupones de alimentos

FNS 300 Fuentes de ingresos

Estado de la vivienda

https://www.hud.gov/topics/housing_choice_voucher_program_section_8

Ingresos SSI/SSDI 

SSA - POMS: SI 01320.175 - Deeming - Pagos por servicios de apoyo en el hogar - 18/05/2009 

(lea el recuadro gris de la parte inferior de la página)

El beneficiario del CAP/C (si es mayor de 18 años y su propio tutor) o alguien designado por el beneficiario del CAP/C o su padre/madre/persona legalmente responsable (pero NO el pagado padre/madre/persona legalmente responsable) debe actuar como Empleador de Registro (EOR) para participar en las siguientes tareas requeridas:

  • Comunicación de la agencia de gestión financiera (FM); 
  • Contactos de gestión de casos (CM) del CAP/C; 
  • Seminarios web de formación sobre dirección del consumidor del programa CAP/C (al inicio del servicio y anualmente); 
  • Sesión(es) de formación en línea de la agencia FM, según determine cada agencia FM; 
  • Formación del personal cuidador;
  • Mantenimiento/renovación de la certificación RCP del cuidador; 
  • Aprobación de las hojas de horas y resolución de cualquier problema con las nóminas quincenales; y 
  • Cumplimentación del papeleo de la agencia CAP/C CM y FM (al inicio del servicio, según sea necesario y anualmente) para añadir/eliminar personal, ajustar salarios o renovar autorizaciones.

Los beneficiarios y sus padres/tutores que estén interesados en obtener una atención dirigida por el consumidor deben iniciar el proceso poniéndose en contacto con su gestor de casos de CAP/C para solicitar una revisión del plan de atención denominada una cambio de estatus a dirección del consumidor. A continuación, el gestor de casos del CAP/C completará los siguientes pasos para enviar una evaluación de cambio de estatus (COS) al NCLIFTSS para su revisión. 

  1. El gestor de casos del CAP/C proporcionará información sobre el servicio de exención de dirección a cargo del consumidor, determinará la elegibilidad del beneficiario para la dirección a cargo del consumidor (consulte el ¿Quién puede optar a la Dirección de Consumo? Sección anterior) y, si reúne los requisitos, abrir una evaluación de cambio de estado (COS) en eCAP (la base de datos en línea de CAP/C utilizada para capturar las actualizaciones del plan del beneficiario, completar las evaluaciones y presentar cualquier solicitud de revisión al plan). Puede producirse un retraso, en esta fase, si existe una revisión del plan de cuidados abierta para el beneficiario. No se puede completar una evaluación COS hasta que se haya presentado y revisado la revisión más reciente y se haya tomado una determinación y el gestor del caso la haya reconocido.   
  2. El gestor de casos del CAP/C proporcionará al beneficiario y/o al padre/madre/tutor la Cuestionario de autoevaluación. Una vez que el beneficiario y/o el padre/madre/tutor hayan rellenado el cuestionario de autoevaluación, el gestor de casos del CAP/C lo revisará para determinar si es necesario proporcionar educación y formación adicionales. El cuestionario de autoevaluación cumplimentado debe detallar explícitamente las necesidades de atención del beneficiario y cómo las intervenciones de atención satisfacen específicamente las necesidades del beneficiario. El cuestionario de autoevaluación también identifica las necesidades u oportunidades de formación para el empresario y los empleados (si procede), así como la forma en que se gestionarán las garantías de salud, seguridad y bienestar en las áreas de abuso, negligencia y explotación; fraude, despilfarro y abuso; y planificación de emergencias y catástrofes.
  3. El gestor de casos del CAP/C trabajará con el beneficiario y los padres/tutores para determinar quién actuará como empleador registrado (EOR) y para ayudar a identificar quién prestará servicios remunerados de cuidado al beneficiario a través de la exención (Tenga en cuenta que el EOR no puede prestar ningún servicio de cuidado remunerado al beneficiario al que prestan servicios de EOR). A continuación, el gestor de casos del CAP/C proporcionará un enlace para inscribirse en el Webinar de formación CAP/C New Start Consumer-Direction y confirmar el plan para el EOR propuesto Y cuidador principal para completar la formación.
    1. A la hora de determinar quién debe realizar el seminario web de formación sobre DC New Start, tenga en cuenta lo siguiente: 
      1. En el servicio tradicional de exención de dirección al consumidor, en el que se contrata a un empleado de fuera de la residencia principal y no es un padre o tutor legal, el EOR y el cuidador principal pueden ser la misma persona, por lo que sólo habría que completar un seminario web de formación antes de comenzar la dirección al consumidor. Si el EOR está separado del cuidador principal, entonces ambos individuos deberán completar la formación.  
      2. Cuando uno de los padres o el tutor legal que reside en la residencia principal solicita ser el cuidador remunerado, el EOR y el cuidador principal están separados y ambas personas deben completar la formación.    
  4. Una vez finalizada la formación, deberá entregarse un justificante de asistencia al gestor de casos de CAP/C. Los seminarios web New Start son ofrecidos mensualmente por la unidad CAP/C de la División de Prestaciones Sanitarias, y la prueba de asistencia es requerido antes de que pueda comenzar la atención dirigida por el consumidor. 
  5. El gestor de casos del CAP/C proporcionará una lista de agencias de gestión financiera (véase más abajo) al beneficiario o padre/tutor y enviará una remisión a la agencia seleccionada para iniciar el proceso de incorporación que se completa en paralelo a la evaluación COS. Con la ayuda del gestor del caso, el EOR es la persona de contacto principal para el proceso de incorporación y para toda la comunicación que siga adelante con la agencia de gestión financiera. Los EOR también pueden iniciar la derivación a la agencia de gestión financiera elegida, pero el gestor de casos debe completar el papeleo en el proceso de incorporación. Las agencias de gestión financiera que actualmente prestan servicios a los beneficiarios en Carolina del Norte son las siguientes: 
    1. Acumen Gestión Financiera *todos sus trámites están en su página web
    2. Gestión financiera de GT Independence *clic aquí por su papeleo
    3. Dirección segura Gestión financiera *todos sus trámites están en su página web
  6. El CM presentará la solicitud COS con la siguiente documentación: 
    1. Completado y aprobado cuestionario de autoevaluación (completado por el EOR)
    2. Validaciones de competencias para cada empleado potencial (cumplimentado por el EOR), 
    3. Certificaciones de RCP de cada empleado potencial (pueden cumplimentarse en línea),
    4. Confirmación por parte del responsable financiero de la empleabilidad del empleado o empleados seleccionados mediante la comprobación de antecedentes completada por teléfono o correo electrónico al EOR y al CM,
    5. Remisión a la gestión financiera (documento oficial cumplimentado por la agencia CM), 
    6. Presupuesto de gestión financiera (cumplimentado y facilitado por la agencia FM al CM), 
    7. Formulario de libertad de elección del proveedor firmado (enviado por la agencia CM), 
    8. Verificación de haber completado la formación requerida (correo electrónico enviado por NC Medicaid con el certificado adjunto tras la formación), y 
    9. Resumen firmado del plan de cuidados (enviado por el CM al padre/madre/tutor legal).  

Una vez que la evaluación COS ha sido aprobada por NCLIFTSS, las autorizaciones para los servicios semanales de exención (las horas semanales aprobadas del beneficiario), los servicios de relevo y la gestión financiera se envían a la agencia de gestión financiera designada por el beneficiario o el padre/tutor. Los empleados designados pueden empezar a facturar en la fecha de inicio aprobada y acordada por NC Medicaid, la gestión de casos y la agencia de gestión financiera. Las autorizaciones de la dirección de consumo comienzan el primer día del mes, pero un empleado individual no puede facturar a menos que el CM y la agencia FM le hayan autorizado a empezar. Esta autorización individual se basa en la finalización de su certificación de RCP, la finalización de su validación de competencia por parte del EOR y la finalización de su comprobación de antecedentes por parte de la agencia FM. Un empleado individual puede empezar en la fecha que todo de estos elementos se hayan completado, pero no antes de la fecha de inicio aprobada por NC Medicaid. (Por ejemplo, si un empleado propuesto para CD ha completado una comprobación de antecedentes, ha recibido su certificación de RCP y ha completado una validación de competencia en febrero, y NC Medicaid ha aprobado que el CD comience el 1 de marzo, entonces el empleado propuesto para CD puede comenzar a facturar el 1 de marzo. Si alguno de los puntos no se ha completado, la facturación para el empleado individual se retrasará hasta que se haya recibido el último punto). Como se indica en 3K-1, un posible empleado que presente una solicitud de contratación en el marco del programa de dirección del consumidor no prestará servicios hasta que se hayan verificado o completado las competencias y la formación.

Los beneficiarios inscritos en la dirección del consumidor deben completar una formación anual de actualización (independiente de la formación de nuevo comienzo descrita anteriormente). Esta formación es para aquellos que ya llevan un año participando en la dirección del consumidor. Esta formación anual obligatoria debe ser completada por el participante de la exención (o padre/madre/tutor legal) y el empleador designado de registro. Las formaciones se impartirán trimestralmente y sólo se requiere una al año. La inscripción, y preferiblemente la finalización de la formación, deben realizarse para que el gestor de casos pueda presentar la revisión anual de su hijo. Inscríbase en el siguiente enlace (asegúrese de elegir la fecha que solicita en el desplegable): https://attendee.gotowebinar.com/rt/9084068748095687770

La asistencia de enfermería (ANC, por sus siglas en inglés) es la versión del nivel de atención de enfermería de la dirección al consumidor. El empleado contratado para este servicio debe ser una enfermera-RN o LPN. Si se contrata a una LPN, también debe emplearse a una RN para que se encargue de la supervisión. El empleador de registro (EOR) debe Coordinar las horas entre la ANC y la agencia PDN, si la familia desea dividir las horas.

Además del papeleo habitual de la dirección de consumo, se requiere más documentación para la atención de enfermería asistencial. En primer lugar, el El POC necesitará una declaración que incluye lo siguiente:

  1. Nombre del empleador registrado
  2. Nombres de todos los empleados (RN/LPN) junto con sus números de licencia de enfermería
  3. Nombre de la agencia de apoyo/PDN
  4. Declaración del acuerdo de la agencia PDN a la transición hacia la dirección de consumo y las horas que coordina el EOR (formulario en trámite por el DHB)
  5. Las horas tanto de la enfermera de cuidados auxiliares como de la PDN (las horas de ambas deben estar en POC)

 

A continuación, la familia deberá cumplimentar (o, en algunos casos, hacer cumplimentar a su médico), los siguientes documentos que se adjuntan aquí:

El empleador de registro también necesitará una declaración de acuerdo de su agencia o agencias de PDN en la que se reconozca tanto la transición del beneficiario del CAP/C a la dirección del consumidor como su voluntad de que el EOR supervise la gestión de las horas. La agencia de gestión financiera se encargará de completar la verificación de la licencia de enfermería y debe escanearse una copia en eCAP. El presupuesto obtenido incluye las horas de CNA más las horas de EOR. Las horas son determinadas por la familia para la supervisión EOR o RN (normalmente de 5 a 10 al mes).

Debe cumplir uno de los siguientes requisitos de experiencia en enfermería:

  • Un mínimo de 1000 horas de experiencia en los dos años anteriores en un hospital de cuidados agudos atendiendo a personas con la(s) necesidad(es) de cuidados de individuos en los niveles de atención especificados en esta exención.
  • Un mínimo de 2000 horas de experiencia en los tres años anteriores en un hospital de cuidados agudos atendiendo a personas con la(s) necesidad(es) de cuidados de individuos en los niveles de atención especificados en esta exención.
  • Un mínimo de 2000 horas de experiencia en los cinco años anteriores, trabajando para una agencia de salud domiciliaria autorizada y certificada que atienda a personas con la(s) necesidad(es) de atención de los niveles de atención especificados en esta exención.
  • Un mínimo de 2000 horas de experiencia en los cinco años anteriores en un área que no figure en la lista anterior y que, en opinión del DHHS, demuestre conocimientos, destreza y capacidad adecuados para atender a personas en uno o más de los niveles de atención especificados en esta exención.

Circunstancias extraordinarias:

  1. No hay suficientes auxiliares de enfermería en el condado del participante en la exención ni en los condados adyacentes a través de una Agencia de Salud a Domicilio/Ayuda a Domicilio debido a la falta de proveedores cualificados, y el participante en la exención necesita una asistencia de extensa a máxima para bañarse, vestirse, ir al baño y comer a diario para evitar una colocación fuera del hogar.

  2. El participante en la exención requiere aislamiento a corto plazo, 90 días o menos, debido a que experimenta una afección médica/problema de salud agudo que requiere asistencia de extensa a máxima para bañarse, vestirse, ir al baño y comer, y el participante en la exención elige recibir la atención en su hogar en lugar de una institución.

  3. El participante de la exención requiere observación directa y/o supervisión las 24 horas del día ordenada por un médico y relacionada específicamente con la(s) afección(es) médica(s) primaria(s) para garantizar la salud y el bienestar del participante y evitar su institucionalización, y el tutor legal no puede mantener un empleo a tiempo completo o parcial debido a las múltiples ausencias del trabajo para vigilar y/o supervisar al participante de la exención; la interrupción regular en el trabajo para ayudar con la gestión de las necesidades de vigilancia/supervisión del participante de la exención; o el cese del empleo.

  4. El participante en la exención tiene necesidades de atención sanitaria especializada que sólo puede proporcionar el tutor legal, tal y como indica la documentación médica, y estas necesidades de atención sanitaria requieren una asistencia de extensa a máxima para bañarse, vestirse, ir al baño y comer para garantizar la salud y el bienestar del participante y evitar su institucionalización.

  5. Otras circunstancias extraordinarias documentadas no mencionadas anteriormente que pongan en peligro la salud, la seguridad y el bienestar del participante en la exención y que den lugar a un internamiento en una institución.